Profesionales con título de grado expedido por instituciones universitarias argentinas o extranjeras o con títulos de nivel superior no universitario de carreras de al menos cuatro (4) años de duración.
Excepcionalmente, y en concordancia con lo expresado en el artículo 39 bis de la Ley Nacional de Educación Superior, se podrá admitir a quienes no poseyendo título de grado universitario o de nivel superior no universitario de cuatro (4) años de duración como mínimo, acrediten trayectoria comprobable en el ámbito de las empresas familiares.